El Comité de expertos para la creación de entornos digitales seguros para la infancia y la juventud, promovido desde el Ministerio de Juventud e Infancia, ha elaborado este informe con la propuesta de 107 medidas para crear entornos digitales seguros.
El comité, formado por 50 personas independientes y de referencia en diversos ámbitos, está presidido por la vicepresidenta de la Asociación Europea para la Transición Digital, Ana Caballero, y se estructura en seis grupos de trabajo (Salud, Educación, Privacidad, Industria y Consumo, Derechos, Participación y Pornografía/Violencia Sexual), con una presencia equilibrada entre mujeres y hombres.
El grupo ha contado con representación de la Plataforma de Organizaciones de Infancia, UNICEF, Save The Children, el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, el Consejo de la Juventud, Asociación Española de Pediatría, Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo Escolar del Estado, el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el Consejo de Consumidores y Usuarios.
También han estado presentes las confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos y las entidades y organizaciones del tercer sector de ámbito estatal, además de especialistas en las áreas de la pediatría, la psicología, la igualdad de género y la protección de la salud mental, así como juristas especializados en la garantía de los derechos de la infancia y de la juventud.
El informe plantea medidas de regulación dirigidas al sector de la industria, asumiendo que la autorregulación del sector es insuficiente. En este apartado, destaca propuestas como la configuración por defecto de espacios seguros digitales (control parental) o la obligatoriedad de advertir en el etiquetado de los dispositivos de los riesgos que su uso tiene para la salud, y de elaborar informes de impacto de dichos productos. Además, añade la importancia de reforzar los mecanismos de denuncia y bloqueo, responsabilidad de la industria, así como los Sistemas de Verificación de Edad (SVE).
El documento presenta algunas medidas directamente alineadas con la DSA:
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38 – Control parental en espacios públicos |
Herramientas de control y filtrado de contenidos en dispositivos de acceso público (escuelas, bibliotecas) |
Garantizar navegación segura y prevenir exposición a contenidos nocivos. |
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55 – Detección e intervención en centros educativos |
Protocolos de detección de riesgos digitales (adicción, acoso, exposición indebida) |
Mitigación de riesgos y protección frente a daños psicológicos o emocionales. |
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56 – Acceso seguro a recursos digitales |
Filtros de contenido, protocolos de navegación segura y dotación tecnológica adecuada |
Seguridad y privacidad en el acceso digital de menores. |
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57 – Observatorio de herramientas educativas |
Evaluación de aplicaciones y recursos digitales educativos por eficacia y riesgo |
Evaluación del impacto de herramientas digitales en la infancia. |
Adicionalmente, las medidas 61, 64 (Inclusión de menores en decisiones sobre digitalización educativa) y 65 (Capacitación en alfabetización mediática, privacidad y bienestar digital) guardan relación de forma indirecta conforme al espíritu de la DSA.
En el ámbito educativo, los expertos instan a la regulación del uso de los dispositivos en los centros educativos. En este apartado, diferencian entre los de uso privado del alumnado (no permitidos en educación infantil y primaria, y limitados como herramientas pedagógicas en secundaria) y los de los propios centros. En estos últimos, se plantea la revisión contrastada de las aplicaciones, la eliminación de los sistemas de gratificación inmediata o el establecimiento de límites por edad, entre otros.
De hecho, el documento incluye un bloque enteramente dedicado a "Medidas vinculadas a la formación y el ámbito educativo" en el que se incluyen las medidas de la 7 a la 11:

Medida número 7
Título: Potenciar los elementos del currículo educativo que fomentan las habilidades para la vida, favorecen el bienestar y la salud de NNA y dan respuesta a preocupaciones sociales que les afectan: entornos digitales seguros, alfabetización mediática e informacional, educación afectivo-sexual y educación para la salud.
Descripción: Reforzar las acciones contempladas para el pleno desarrollo de la competencia digital y la educación afectivo-sexual y educación para la salud a través de las acciones siguientes:
Medida número 8
Título: Reforzar los contenidos referidos a la educación afectivo-sexual.
Descripción: Reforzar la presencia de los contenidos de la educación afectivo-sexual en el sistema educativo, teniendo en cuenta, además de contenidos generales sobre esta temática, los riesgos relacionados con los entornos digitales, en particular los riesgos y afectaciones sobre las relaciones afectivo-sexuales por el mal uso de los dispositivos digitales o el consumo de contenido no apropiado para el desarrollo de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, se incluirá contenido relacionado con la lucha contra las violencias sexuales en línea desde un enfoque de derechos aportando a NNA herramientas para la prevención y notificación de contenidos inapropiados. Ante las dificultades que plantea la inclusión de una asignatura de EAS en el currículo y la voluntad de reforzar estos contenidos, se formulan las siguientes recomendaciones de más fácil encaje en nuestro sistema educativo actual:
Medida número 9
Título: Mejora de la competencia digital de los y las profesionales que trabajan con NNA.
Descripción:
Medida número 10
Título: Potenciar la figura de coordinador/a de bienestar y protección.
Descripción: Formar a la persona responsable de bienestar y protección específicamente en el ámbito digital para que le permita detectar problemas derivados del uso de las tecnologías digitales y sus potenciales riesgos, y proponer acciones para reconducir la situación. Reforzar su papel y reconocer la dedicación horaria necesaria para poder ejercer su labor, como ocurre con otros perfiles en los centros educativos.
Medida número 11
Título: Regulación de los dispositivos tecnológicos propios del centro a través del Plan Digital de Centro.
Descripción: Establecer una regulación adecuada del uso de los dispositivos digitales de los centros que quede reflejada en su Plan Digital de Centro, considerando, al menos: